Respuestas de foro creadas
-
AutorEntradas
-
UABG
ParticipanteSegún la normativa de facturación vigente, cuando la fecha de factura no coincide con la fecha en que se hace el servicio, la factura ha de incluir la fecha en que ese documento se ha servido. Hasta ahora las facturas de SOD incluían la fecha de la petición en la factura. Con la entrada en vigor de la aplicación de IVA, las peticiones se han de facturar el mismo día o como máximo dentro del mismo mes en que se hace el servicio, porque se ha de liquidar el iva puntualmente en los plazos en que se genera (nosotros hacemos liquidaciones mensuales de iva). Como es una locura facturar petición a petición, lo máximo que se podrá hacer (para ajustarse a la legalidad) es acumular peticiones dentro de ese mes (o sea, hacer una factura mensual para cada centro), por lo que en la factura ha de incluirse la fecha en que el documento se ha servido. Yo he pedido a Kronos que nos haga el cambio para que salga esa fecha en vez de la de petición. Pensad que si hay una auditoría, verás fechas que descuadrarán con los períodos de liquidación del iva, porque una petición se puede hacer en febrero y servirse en marzo o hasta varios meses después, no hablemos si es a final de año y entonces son años diferentes, con lo cual no estaríamos liquidando el iva dentro del año que toca…
Ajustarse exactamente a lo que pide la ley implicará tener un volumen mayor de facturas, ya que facturaremos mucho más a menudo (aunque haya que facturar importes ridículos, como en el caso de las peticiones de fotocopias dentro del CBUC, con importes que no llegan al euro)y encima hay centros que hacen facturas separadas para préstamos y fotocopias, con lo que aún hará aumentar más el número
Finalmente, recordad que las facturas que se hacen a Canarias no llevarán IVA (ni tampoco IGIC)
Un saludo
Marisol Neira
UAB
UABG
ParticipanteBuenos días
Para las que no lo hacéis, sería conveniente que los datos bancarios salieran siempre en la misma factura, no en hojas adjuntas, como pasa en algunos casos (hablo de facturas que no son generadas por SOD, que éstas sí lo incorporan)
Saludos
Marisol Neira
UAB
UABG
ParticipanteSería divertido que fuera más barato pedir a Alemania, que no cobran IVA, que a Zaragoza
Podríamos rebelarnos y pedir todos a partir de ahora a los alemanes
Es broma
UABG
ParticipanteYo sería partidaria de seguir con la interpretación que hacíamos hasta ahora hasta que no recibamos una instrucción explícita contraria. Si un servicio como Subito puede interpretar que todos los documentos que envía (préstamos o artículos) son un servicio, y está exentos de IVA los dos casos, no sé por qué no podemos seguir interpretando nosotros que el envío de fotocopias es también servicio y por lo tanto está excluido.No sé si nos perjudicamos a nosotros mismos innecesariamente
UABG
ParticipanteHabría que hablar sobre el tema del desglose de IVA. Cuando las facturas incluyen préstamos y reproducciones no se puede aplicar el 21% al total de la factura, se ha de desglosar el IVA de los préstamos (0%) y el de las fotocopias (21%). Habría que trasladar a Kronos esta necesidad específica, para que vean cómo se puede modificar en GTBIB. Nosotrospedimos que el IVA salga desglosado (importe facturado, %iva, importe del impuesto, importe total.
Así mismo, hay que eliminar la coletilla que se ponía en las facturas de exento de IVA según artículo tal. pero en aquellas facturas que sólo recojan préstamos pensamos que sí ha de incluir, eso se podría solucionar con un sello con la coletilla para poner en esas facturas que no llevarán IVA, tal como hacen en el CSIC, aunque éstos lo que hacen (no sé si todos), pero algunos es hacer dos facturas separadas, una para préstamos y otra para fotocopias, cosa que no haremos nosotros
A ver qué os parece a todos del tema facturas
UABG
ParticipanteSegún el grupo de trabajo Plan estragégico Rebiun:
la decisión sobre si las tarifas Rebiun de PI hay que interpretarlas con el IVA incluido o + IVA, se llevó y se tomó en la última reunión del Comité Ejecutivo. La decisión fue en el sentido de que las tarifas aprobadas en la última Asamblea (prorrogadas realmente) sean la base imponible a la que es necesario añadirle el 21% de IVA.
Antes de realizar ninguna otra comunicación, Pilar de la Prieta lo ha comunicado al grupo de PI por si había algo más que vieran ellos que había que añadir, y parece que se ha provocado bastante revuelo.
Creo que sería bueno que desde la coordinación del grupo de PI se hicieran algunas aclaraciones, antes de enviarlo a la listas de directores:
- Sólo se aplica el IVA a los suministros, es decir copias en papel o digitales, no a los préstamos. Así, no se puede entender que en las tarifas aprobadas unas fuesen sin IVA (préstamos) y otras con IVA (suministros).
- La decisión la dejó la Asamblea en manos del CE al no decidirse durante la asamblea misma, ni tener una propuesta clara del grupo sobre cómo se debían interpretar.
- Por otra parte, la aplicación de esta decisión corresponde a cada universidad, no al CE de Rebiun.
La información está en la web
UABG
ParticipanteSi se trata en el fondo de una cuestión interpretativa no creo que debamos complicarnos la vida voluntariamente, más cuando llevamos años haciéndolo así sin ningún problema
Saludos
UABG
ParticipanteNosotros también seguiremos como hasta ahora hasta que se decida lo contrario para todos
Marisol Neira
UABG
ParticipanteHola
En este caso habrá facturas en que se incluyan préstamos y fotocopias, el 21 % IVA no se aplicará al total de la factura, sino sólo a las fotocopias. Eso ha de quedar bien especificado en la factura. Tendrá que salir desglosados los dos tipos de IVA con sus respectivas base e importe del impuesto:
Así lo hacen los del CSIC
En el cuerpo de la factura
petición de fotocopias- importe sin iva-, 21 %iva-, importe del impuesto -importe total (fotocopias)
petición de libros- importe sin iva- 0% IVA – importe del impuesto (0)- importe total (préstamos)
A pie de factura:
Base imponible (lo que se factura por PI en total)- importe total de IVA- Total factura
Los demás compañeros podrían explicar cómo necesitan las facturas, esto sólo era un ejemplo
UABG
ParticipanteSegún parece, en un futuro cercano el servicio de préstamo interbibliotecario dejará de estar exento de IVA, y eso afectaría tanto a los préstamos como a las fotocopias
-
AutorEntradas