Hola,
Desde que estoy en el SOD de la Fundación Privada Biblioteca Josep Laporte (año 2000) siempre se han hecho las facturas con IVA.
Traté este asunto con el departamento contable ya que prácticamente la totalidad de las facturas que recibíamos no lo aplicaban. Entonces hicieron formalmente una consulta a Hacienda.
La conclusión fue que sí debíamos aplicarlo según lo siguiente:
Artículo 20, apartado uno, número 14 de la Ley 37/1992 de 28 de Diciembre, del Impuesto sobre Valor Añadido (BOE del 29)
1º Están sujetas pero exentas del Impuesto sobre el Valor Añadido las prestaciones de servicios propias de bibliotecas, archivos y centros de documentación, como los préstamos interbibliotecarios objeto de consulta tanto si se prestan a otra universidad española como a una universidad de otro estado miembro.
2º Están sujetos y no exentos del impuesto el suministro de fotocopias, copias o reproducciones de los documentos existentes en los fondos de bibliotecas, archivos o centros de documentación, quedando pues sujetos al mismo y tributando al tipo impositivo general del 21 por ciento.
Por el momento seguiremos como hasta ahora, aunque personalmente creo que se debería unificar el critero.
Saludos,
Sara Aguilera