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UABG.
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24 de julio de 2014 a las 09:56 #736
PI.UVA
ParticipanteEstimadas compañeras,
Os indicamos que las facturas que se nos remitan en papel o pdf a partir de ahora deben dirigirse a:
BIBLIOTECA UNIV. VALLADOLID
Préstamo Interbibliotecario
CHANCILLERIA,6
VALLADOLID 47003 (ESPAÑA)
Teléfono: 983-423916
Correo electrónico: pi.biblioteca.universitaria@uva.esPero con los datos fiscales de la UNIVERSIDAD en la FACTURA:
Universidad de Valladolid. Biblioteca Universitaria
Plaza del Colegio de Santa Cruz, 8
47002 ValladolidNIF: Q4718001C
Un saludo
24 de julio de 2014 a las 11:43 #1999UABG
ParticipanteSegún la normativa de facturación vigente, cuando la fecha de factura no coincide con la fecha en que se hace el servicio, la factura ha de incluir la fecha en que ese documento se ha servido. Hasta ahora las facturas de SOD incluían la fecha de la petición en la factura. Con la entrada en vigor de la aplicación de IVA, las peticiones se han de facturar el mismo día o como máximo dentro del mismo mes en que se hace el servicio, porque se ha de liquidar el iva puntualmente en los plazos en que se genera (nosotros hacemos liquidaciones mensuales de iva). Como es una locura facturar petición a petición, lo máximo que se podrá hacer (para ajustarse a la legalidad) es acumular peticiones dentro de ese mes (o sea, hacer una factura mensual para cada centro), por lo que en la factura ha de incluirse la fecha en que el documento se ha servido. Yo he pedido a Kronos que nos haga el cambio para que salga esa fecha en vez de la de petición. Pensad que si hay una auditoría, verás fechas que descuadrarán con los períodos de liquidación del iva, porque una petición se puede hacer en febrero y servirse en marzo o hasta varios meses después, no hablemos si es a final de año y entonces son años diferentes, con lo cual no estaríamos liquidando el iva dentro del año que toca…
Ajustarse exactamente a lo que pide la ley implicará tener un volumen mayor de facturas, ya que facturaremos mucho más a menudo (aunque haya que facturar importes ridículos, como en el caso de las peticiones de fotocopias dentro del CBUC, con importes que no llegan al euro)y encima hay centros que hacen facturas separadas para préstamos y fotocopias, con lo que aún hará aumentar más el número
Finalmente, recordad que las facturas que se hacen a Canarias no llevarán IVA (ni tampoco IGIC)
Un saludo
Marisol Neira
UAB
24 de julio de 2014 a las 12:10 #2000PI.UVA
ParticipanteEfectivamente…
Seria mucho más fácil pagar/cobrar con IFLAS…
Un saludo…
24 de julio de 2014 a las 13:01 #2001UZAG
ParticipanteBueno, ese es un tema que hemos tratado en el grupo de trabajo, y aparece reflejado como una posibilidad de pago en el informe de tarifas que se presentó en la Asamblea.
También se pidió a Kronos que lo incluyera como opción en el Directorio de Centros, pero por alguna razón aún no está disponible.
La aportación de Marisol (UAB) muestra otro perjuicio de la aplicación del impuesto en este servicio.
Saludos. Cruz Joven
25 de julio de 2014 a las 07:32 #2002Josep-Manuel Rodríguez-Gairín
SuperadministradorHola,
En la página principal del directorio de centros de préstamo interbibliotecario en la sección accesos frecuentes tenéis un enlace para ver los centros que admiten IFLA Vouchers. El enlace directo es http://directorio.gtbib.net/lista/IFLAS/SI
Podéis entrar a modificar vuestras fichas indicando SI en el campo Admite IFLA Vouchers.
Un saludo.
25 de julio de 2014 a las 09:58 #2003UABG
ParticipanteHola
Referente al pago con IFLAS, esta forma de pago se usa con la finalidad de no tener que emitir facturas, es lo que antes llamaríamos un trueque. Una forma de intercambio. La idea es genial, van y vienen vouchers y ni se hacen facturas ni hay comisiones bancarias. A nosotras muchas extranjeras nos pagan y cobran con vouchers y de este modo se ahorran facturar y pagar comisiones bancarias. Nosotros aquí hemos de facturar igualmente aunque cobremos en vouchers y a la hora de pagar con vouchers íbamos haciendo con los presupuestos o mensajes (porque es lo que nos enviaban, no facturas) en que nos decían que pagáramos tantos vouchers, aprovechando que no había IVA pues la cosa iba colando. Al haber IVA tiene que haber facturas a ambos lados, lo cual implica que hemos de tener los vat number de los centros a los que facturamos, y muchos no tienen (por eso usan vouchers), lo cual es un problema. Algunos te dicen que no hace falta porque para ellos el servicio de pi no está sujeto a iva. Cuando es al revés, pedimos que nos facturen y muchos nos dicen que no emiten facturas. Y si tenemos iva ya no podemos aceptar justificantes ni cosas raras, necesitamos una factura en toda regla.
El problema es que si hay IVA, si a tí te envían una factura de 15 euros, enviarás dos vouchers cuyo valor es 16. Al ir a autoliquidar IVA, el importe que tú has pagado no se corresponde con el facturado.Nosotros hicimos la consulta con el responsable del IVA de nuestra universidad y nos dijo que no podríamos seguir trabajando con vouchers por ese problema (aparte del hecho de que teníamos que exigirles que hicieran factura y nos dieran el vat-number, cosa que con algunos es imposible de conseguir), por eso os lo comento. Los vouchers son maravillosos si los puedes usar como hacen por ahí fuera, pero si hay que emitir y exigir facturas y aplicar iva y autoliquidarlo , no van biem. El problema es que hay centros que sólo trabajan con vouchers, entonces, si el documento está sólo allí, ¿qué pasa? ?Dejamos de trabajar con estos centros? Ya veis que el tema de trabajar o no con iva cambia mucho las cosas
Un saludo
Marisol
UAB
25 de julio de 2014 a las 11:06 #2004UZAG
ParticipantePues yo creo que todos esos problemas e inconvenientes sobre el IVA en el PI/SOD, que estás citando estos días, deberías de pasarlos por la lista de distribución de Rebiun. Supongo que Pilar de la Prieta, como se ofreció en un principio, seguirá recopilando información y sugerencias sobre este tema para el Comité Ejecutivo.
En relación al uso de cupones IFLA, nosotros no los facturamos. Los consideramos trueque, pago en especie o como lo quieras llamar. Sólo facturamos euros.
Los documentos cobrados/pagados con cupones quedan fuera de la facturación, al igual que otros que no se cobran (por ejemplo los sujetos a acuerdos de gratuidad). A efectos prácticos, es lo mismo.
Saludos. Cruz Joven
25 de julio de 2014 a las 11:19 #2005PI.UVA
ParticipanteUFF si también teneis que facturar los Vouchers con IVA… con el extranjero?… como vais a hacer?
Y otra cosa… si recibís facturas sin IVA… no las podréis pagar, claro… ?
25 de julio de 2014 a las 11:23 #2006PI.UVA
ParticipanteSi, a nosotros nuestros servicios de contabilidad nos han indicado que efectivamente el IVA en las reproducciones es obligatorio (aunque no hayamos recibido todavia ninguna orden de aplicarlo…) pero que los intercambios gratuitos (acuerdos, convénios, intercambios en redes) o los pagos con IFLAS u otros cupones, no facturan y no se les aplica IVA…
25 de julio de 2014 a las 12:21 #2007UABG
ParticipanteHola
Pues parece que vivamos todos en planetas diferentes, porque recibimos instrucciones diferentes de nuestros respectivos responsables. Para mí trabajar con vouchers es super-cómo y evita mucho trabajo pero me han dicho que no podremos trabajar más en cuanto empecemos a aplicar IVA, por todo lo que ya os he explicado antes.
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